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El 25 de septiembre de 2008, el Ayuntamiento de Moguer aprobó en sesión plenaria una subida abusiva del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Para protestar por esta subida debes cumplimentar una hoja de reclamación que podrás encontrar en los establecimientos públicos de Mazagón, en la sede de la Asociación de Vecinos de Mazagón (AVEMA), o bien la puedes copiar de esta página.
El 25 de septiembre de 2008, el Ayuntamiento de Moguer aprobó en sesión plenaria una subida abusiva del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Para protestar por esta subida debes cumplimentar una hoja de reclamación que podrás encontrar en los establecimientos públicos de Mazagón, en la sede de la Asociación de Vecinos de Mazagón (AVEMA), o bien la puedes copiar de esta página.
AVEMA INFORMA
CONTRA LA SUBIDA DE IMPUESTOS EN MOGUER
- El Ayuntamiento de Moguer ha aprobado con carácter provisional una subida de impuestos totalmente abusiva. Por ejemplo, el que este año pagó por su casa de IBI (contribución) 500 euros el próximo año tendría que pagar unos 700 euros, y por el coche, si este año pagó de IVTM (impuesto de circulación o sello) 92.5 euros el año que viene tendría que pagar 185 euros. Los que argumentaban que siendo Mazagón un Pueblo íbamos a pagar más impuestos ¿qué tienen que decir ahora?
- Hasta el día 14 de noviembre de 2008 se pueden presentar reclamaciones contra la subida de impuestos porque la aprobación aún no es definitiva, si todos presentamos reclamaciones podemos hacer cambiar de opinión al Alcalde y podemos conseguir que de marcha atrás, aparte de ser contribuyentes también somos electores.
- Para conseguirlo debemos rellenar el modelo de reclamación que se adjunta y presentarlo en el Ayuntamiento de Moguer, ó en la sede de nuestra Asociación. Cuantas más reclamaciones se presenten más posibilidades tenemos de conseguirlo. Tenemos que hacer copias del modelo de reclamación y pasárselo a vecinos, amigos, familiares y compañeros de trabajo para que lo cumplimenten.
CONTRA LA SUBIDA DE IMPUESTOS EN MOGUER
- El Ayuntamiento de Moguer ha aprobado con carácter provisional una subida de impuestos totalmente abusiva. Por ejemplo, el que este año pagó por su casa de IBI (contribución) 500 euros el próximo año tendría que pagar unos 700 euros, y por el coche, si este año pagó de IVTM (impuesto de circulación o sello) 92.5 euros el año que viene tendría que pagar 185 euros. Los que argumentaban que siendo Mazagón un Pueblo íbamos a pagar más impuestos ¿qué tienen que decir ahora?
- Hasta el día 14 de noviembre de 2008 se pueden presentar reclamaciones contra la subida de impuestos porque la aprobación aún no es definitiva, si todos presentamos reclamaciones podemos hacer cambiar de opinión al Alcalde y podemos conseguir que de marcha atrás, aparte de ser contribuyentes también somos electores.
- Para conseguirlo debemos rellenar el modelo de reclamación que se adjunta y presentarlo en el Ayuntamiento de Moguer, ó en la sede de nuestra Asociación. Cuantas más reclamaciones se presenten más posibilidades tenemos de conseguirlo. Tenemos que hacer copias del modelo de reclamación y pasárselo a vecinos, amigos, familiares y compañeros de trabajo para que lo cumplimenten.
HOJA DE RECLAMACIÓN
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIETO DE MOGUER
D./Dña._______________________________________________________________________________, con D.N.I. número___________________,mayor de edad, con domicilio en C/_________________________________________
nº_________ de Moguer.
EXPONE:
Que mediante el presente escrito presenta en tiempo y forma RECLAMACIÓN CONTRA LA MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES REGULADORAS DEL IBI Y DEL IVTM con base en los siguientes fundamentos;
PRIMERO.- Que es contribuyente tributario del Ayuntamiento de Moguer, y afectado por la subida del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) previstas en las Ordenanzas Fiscales aprobadas con carácter provisional en sesión plenaria de este Ayuntamiento el 25 de septiembre de 2.008, y anunciadas en el BOP de Huelva el 8 de octubre de 2.008, existiendo un plazo de treinta días para presentar reclamaciones a partir del siguiente a su publicación oficial.
SEGUNDO.- Con la subida de tipos previstas en el IBI y el IVTM se alcanzará una presión fiscal sin precedentes, totalmente desproporcionada, insolidaria e injusta, que añadido a la gravísima crisis económica que padecemos resultará insoportable para muchas familias, pudiendo llegar a poner en peligro la propiedad de los bienes objeto de tributación, inmuebles y vehículos, en caso de ejecuciones por no poder hacer frente al pago de dichos impuestos.
TERCERO.- Los impuestos junto al carácter recaudatorio deben prever una incidencia en aspectos de interés general para el conjunto de la comunidad, como son la ayuda a las familias y la protección del medioambiente, en este sentido el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece en el artículo 74 (puntos 4 y 5) la posibilidad de aplicar bonificaciones en el IBI de hasta el 90 % de la cuota integra a las familias numerosas y de hasta el 50% de la cuota integra para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol; y el artículo 95.6b establece la posibilidad de aplicar en el IVTM una bonificación sobre la cuota de hasta el 75 % en función de las características de los motores de los vehículos y su incidencia en el medio ambiente.
Por todo lo expuesto, SOLICITA:
1º.- Se sirva admitir la presente RECLAMACIÓN presentada en tiempo y forma.
2º.- El mantenimiento de los tipos de gravamen actualmente vigentes en el IBI; el 0,80 % para los bienes de naturaleza urbana, rústica y de características especiales (BOP 31/3/2003).
3º.- El mantenimiento de las cuotas actualmente vigentes del IVTM; derivadas de aplicar el coeficiente 1,2857 al cuadro de tarifas establecido en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOP 31/3/2003).
4º.- La aplicación en la cuota integra del IBI de las siguientes bonificaciones:
- Bonificación del 50% a los sujetos pasivos titulares de familias numerosas de categoría especial, y del 25% a los sujetos pasivos titulares de familias numerosas de categoría general.
- Bonificación del 25% a los inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol.
5º.- La aplicación en la cuota del IVTM de las siguientes bonificaciones:
- Bonificación del 50% a los vehículos que emitan menos de 120 gramos de CO2 por kilómetro.
- Bonificación del 20% a los vehículos que emitan entre 121 y 160 gramos de CO2 por kilómetro.
En Moguer a ___ de _________________de 2.008.
Fdo. _________________________________
Presentar en el Ayuntamiento de Moguer hasta el 14/11/2008