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Los primeros moradores de la playa fueron los vecinos de Bonares y los de Rociana del Condado
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Los primeros moradores de la playa fueron los vecinos de Bonares y los de Rociana del Condado
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Carlos López
Dicen las crónicas antiguas que Mazagón es un enclave "donde el mar y el sol se arrullan en un idilio permanente". Una definición certera y fidedigna que ya conocían sus primeros veraneantes, quienes incluso antes del 'boom' turístico y del inicio de la Guerra Civil ya podían presumir de gozar de su entorno y disfrutar de la belleza que atesora su amanecer, todo ello contemplado mientras se recostaban sobre las finas arenas de este lugar de ensueño.
Los primeros en percatarse de ese tesoro virgen fueron los ciudadanos del Condado, casi en su mayoría de Bonares y, en menor medida, de Rociana, quienes 'veraneaban' durante todo el periodo estival y hasta que las labores agrícolas de la vendimia reclamaban su vuelta.
Precisamente el florecimiento económico que se vivió a finales de siglo XIX y que perduró durante los inicios del XX en el Condado, permitían el que sus ciudadanos pudiesen disfrutar de estos periodos de solaz y descanso, aunque en aquel entonces la playa era un lugar por descubrir y ni tan siquiera un objeto de deseo por parte de la sociedad.
Retomando los orígenes que contribuyeron a este desembarco de ciudadanos cabe recordar que la vid de la zona había logrado sobreponerse a la filoxera que aniquiló las viñas del norte de España y Francia. Auspiciado por el 'Tratado de Exportación Preferente', nuestros caldos reinaban por media Europa, de cuyos réditos económicos se beneficiaron los agricultores, bodegueros y trabajadores que podían permitirse el 'lujo' de un periodo vacacional.
Es curioso destacar que Moguer y Palos, municipios a quien corresponde la pedanía, tuvieran en aquel entonces un vago interés por su litoral y fueran los propios 'forasteros' quienes más apreciaran estos rincones vírgenes donde el hombre aun no había posado sus manos.
Estos primeros ciudadanos 'colonizaron' las conocidas como Playas de Castilla, donde se asentaron y construyeron los famosos ranchos: unas construcciones civiles a base de juncos, pinos y eucaliptos que se encontraban en la zona, materiales que daban cuerpo a estas 'edificaciones' de carácter efímeros. En un ejercicio de responsabilidad innata y desconocida en nuestros días, los usuarios de la playa de entonces sólo utilizaban el área que le era imprescindible para su volumen de familia, dado que el mayor tesoro lo conformaba el disfrutar del propio paisaje y no de los metros cuadrados de superficie de la 'vivienda'. Lo fundamental, por tanto, era disponer de un salón y las habitaciones que fuesen necesarias para la familia.
El esqueleto de la construcción se realizaba con troncos de madera y se forraba con juntos, al igual que la techumbre, si bien en los porches y terrazas era más frecuente el uso de ramas de eucalipto. Por su parte, el interior era diáfano, mientras que las habitaciones y el salón quedaban delimitados por sacos de patatas o sabanas que eran colgadas al techo y sujetas al suelo con la propia arena, de forma que realizasen las funciones de paredes. Las cocinas, por el contrario, se construían a 25 metros de los ranchos para prevenir el riesgo de incendios, mientras que las zonas de ducha se erigían en espacios comunes. Conforme avanzaba la proliferación de veraneantes se fueron asentando los primeros comercios y 'chiringuitos', a la vez que el primer transporte público desplazaba a los veraneantes desde Bonares hasta las Playas de Castilla. En aquella época la legislación sólo permitía pernoctar en la costa por razones terapéuticas, aunque a efectos reales casi todos encontraban un motivo y una razón 'medicinal' para disfrutar a pie del mar. Fue esta continuidad, verano tras verano, lo que propiciaría que progresivamente las personas más pudientes fueran abandonando la construcción de los ranchos en favor de las viviendas en ladrillo. Fruto de esta actividad se daría vida a las conocidas como casas de Bonares; cuyo origen fueron las barriadas Santísima María de Salomé, con ciudadanos procedentes del mencionado municipio, y Nuestra Señora del Socorro, con vecinos de Rociana. Precisamente estos ciudadanos fueron quienes promovieron las infraestructuras anexas a todo núcleo urbano, tales como la actual Ermita del Carmen, costeada por esta comunidad y tras las gestiones que realizaron ante el Cardenal Segura. Este movimiento social derivó en que la administración central, a través de una Orden Ministerial de 21 de septiembre de 1948, fijara que todos los 'veraneantes' pagaran unos cánones por ocupación de las parcelas, por cuyas tramitaciones se abonaban en torno a 620 pesetas.
Según los documentos de la época a los que ha tenido acceso este periódico se señala que "una vez abonado y cumplido estos requisitos y recibida la orden del Patrimonio Forestal del Estado, autorizando si así lo estima pertinente la ocupación de la parcela y se le indicará el día de la firma para la ocupación que será sobre el terreno". Igualmente se precisaba que debían de comunicar un plano de la construcción que se proyectaba, un requisito "indispensable para iniciar el expediente". Igualmente los ciudadanos abonaría un canon "por ocupación" que ascendía a 37,50 pesetas.Posteriormente y a fin de acabar con el vacío legislativo en la que la 'ocupación' de estos terrenos forestales situaba a sus inquilinos, el BOE publicaba una Orden del Ministerio de Agricultura de 30 de julio de 1968 por la que se autorizaba al Patrimonio Forestal del Estado a la venta de las parcelas de las que era concesionarias en el Monte Dunas del Odiel, lo que permitiría la refunción de dominios entre las edificaciones y los terrenos sobre los que se encontraban asentadas, cuya titularidad correspondían al propio Estado.
Asimismo, la orden ministerial reconocía un derecho preferente de adquisición a los usuarios concesionarios de estos terrenos, si bien la norma obviaba fijar un precio o "tipo de tasación", así como las partes proporcionales proindiviso de los terrenos de uso o no parcelados de la zona. Por todo lo enunciado, los usuarios de estas parcelas temían que las condiciones de pago fuera prohibitivas, por lo que determinaron constituirse en una comunidad de propietarios "con arreglo a la legislación vigente" a fin de "promover la ordenación urbanística de la zona y ocuparse de su administración y conservación entre otras". Igualmente el nuevo organismo trabajaría por que "se fijaran unos tipos de tasación moderados y justos, señalando que no convine olvidar que si hoy nuestra playa tiene un nombre por esa apenas incipiente urbanización que define la orden ministerial, es claro que ello se debe, sobre todo, al esfuerzo e inversión que los concesionarios hemos llevado a cabo en circunstancias nada fáciles en cuando a todo lo relativo a comunicaciones, energía etc.".
Estas reivindicaciones tuvieron sus frutos y las casas pasaron a titularidad de sus inquilinos, formando el que pasaría a ser el germen urbano de Mazagón.
Dicen las crónicas antiguas que Mazagón es un enclave "donde el mar y el sol se arrullan en un idilio permanente". Una definición certera y fidedigna que ya conocían sus primeros veraneantes, quienes incluso antes del 'boom' turístico y del inicio de la Guerra Civil ya podían presumir de gozar de su entorno y disfrutar de la belleza que atesora su amanecer, todo ello contemplado mientras se recostaban sobre las finas arenas de este lugar de ensueño.
Los primeros en percatarse de ese tesoro virgen fueron los ciudadanos del Condado, casi en su mayoría de Bonares y, en menor medida, de Rociana, quienes 'veraneaban' durante todo el periodo estival y hasta que las labores agrícolas de la vendimia reclamaban su vuelta.
Precisamente el florecimiento económico que se vivió a finales de siglo XIX y que perduró durante los inicios del XX en el Condado, permitían el que sus ciudadanos pudiesen disfrutar de estos periodos de solaz y descanso, aunque en aquel entonces la playa era un lugar por descubrir y ni tan siquiera un objeto de deseo por parte de la sociedad.
Retomando los orígenes que contribuyeron a este desembarco de ciudadanos cabe recordar que la vid de la zona había logrado sobreponerse a la filoxera que aniquiló las viñas del norte de España y Francia. Auspiciado por el 'Tratado de Exportación Preferente', nuestros caldos reinaban por media Europa, de cuyos réditos económicos se beneficiaron los agricultores, bodegueros y trabajadores que podían permitirse el 'lujo' de un periodo vacacional.
Es curioso destacar que Moguer y Palos, municipios a quien corresponde la pedanía, tuvieran en aquel entonces un vago interés por su litoral y fueran los propios 'forasteros' quienes más apreciaran estos rincones vírgenes donde el hombre aun no había posado sus manos.
Estos primeros ciudadanos 'colonizaron' las conocidas como Playas de Castilla, donde se asentaron y construyeron los famosos ranchos: unas construcciones civiles a base de juncos, pinos y eucaliptos que se encontraban en la zona, materiales que daban cuerpo a estas 'edificaciones' de carácter efímeros. En un ejercicio de responsabilidad innata y desconocida en nuestros días, los usuarios de la playa de entonces sólo utilizaban el área que le era imprescindible para su volumen de familia, dado que el mayor tesoro lo conformaba el disfrutar del propio paisaje y no de los metros cuadrados de superficie de la 'vivienda'. Lo fundamental, por tanto, era disponer de un salón y las habitaciones que fuesen necesarias para la familia.
El esqueleto de la construcción se realizaba con troncos de madera y se forraba con juntos, al igual que la techumbre, si bien en los porches y terrazas era más frecuente el uso de ramas de eucalipto. Por su parte, el interior era diáfano, mientras que las habitaciones y el salón quedaban delimitados por sacos de patatas o sabanas que eran colgadas al techo y sujetas al suelo con la propia arena, de forma que realizasen las funciones de paredes. Las cocinas, por el contrario, se construían a 25 metros de los ranchos para prevenir el riesgo de incendios, mientras que las zonas de ducha se erigían en espacios comunes. Conforme avanzaba la proliferación de veraneantes se fueron asentando los primeros comercios y 'chiringuitos', a la vez que el primer transporte público desplazaba a los veraneantes desde Bonares hasta las Playas de Castilla. En aquella época la legislación sólo permitía pernoctar en la costa por razones terapéuticas, aunque a efectos reales casi todos encontraban un motivo y una razón 'medicinal' para disfrutar a pie del mar. Fue esta continuidad, verano tras verano, lo que propiciaría que progresivamente las personas más pudientes fueran abandonando la construcción de los ranchos en favor de las viviendas en ladrillo. Fruto de esta actividad se daría vida a las conocidas como casas de Bonares; cuyo origen fueron las barriadas Santísima María de Salomé, con ciudadanos procedentes del mencionado municipio, y Nuestra Señora del Socorro, con vecinos de Rociana. Precisamente estos ciudadanos fueron quienes promovieron las infraestructuras anexas a todo núcleo urbano, tales como la actual Ermita del Carmen, costeada por esta comunidad y tras las gestiones que realizaron ante el Cardenal Segura. Este movimiento social derivó en que la administración central, a través de una Orden Ministerial de 21 de septiembre de 1948, fijara que todos los 'veraneantes' pagaran unos cánones por ocupación de las parcelas, por cuyas tramitaciones se abonaban en torno a 620 pesetas.
Según los documentos de la época a los que ha tenido acceso este periódico se señala que "una vez abonado y cumplido estos requisitos y recibida la orden del Patrimonio Forestal del Estado, autorizando si así lo estima pertinente la ocupación de la parcela y se le indicará el día de la firma para la ocupación que será sobre el terreno". Igualmente se precisaba que debían de comunicar un plano de la construcción que se proyectaba, un requisito "indispensable para iniciar el expediente". Igualmente los ciudadanos abonaría un canon "por ocupación" que ascendía a 37,50 pesetas.Posteriormente y a fin de acabar con el vacío legislativo en la que la 'ocupación' de estos terrenos forestales situaba a sus inquilinos, el BOE publicaba una Orden del Ministerio de Agricultura de 30 de julio de 1968 por la que se autorizaba al Patrimonio Forestal del Estado a la venta de las parcelas de las que era concesionarias en el Monte Dunas del Odiel, lo que permitiría la refunción de dominios entre las edificaciones y los terrenos sobre los que se encontraban asentadas, cuya titularidad correspondían al propio Estado.
Asimismo, la orden ministerial reconocía un derecho preferente de adquisición a los usuarios concesionarios de estos terrenos, si bien la norma obviaba fijar un precio o "tipo de tasación", así como las partes proporcionales proindiviso de los terrenos de uso o no parcelados de la zona. Por todo lo enunciado, los usuarios de estas parcelas temían que las condiciones de pago fuera prohibitivas, por lo que determinaron constituirse en una comunidad de propietarios "con arreglo a la legislación vigente" a fin de "promover la ordenación urbanística de la zona y ocuparse de su administración y conservación entre otras". Igualmente el nuevo organismo trabajaría por que "se fijaran unos tipos de tasación moderados y justos, señalando que no convine olvidar que si hoy nuestra playa tiene un nombre por esa apenas incipiente urbanización que define la orden ministerial, es claro que ello se debe, sobre todo, al esfuerzo e inversión que los concesionarios hemos llevado a cabo en circunstancias nada fáciles en cuando a todo lo relativo a comunicaciones, energía etc.".
Estas reivindicaciones tuvieron sus frutos y las casas pasaron a titularidad de sus inquilinos, formando el que pasaría a ser el germen urbano de Mazagón.