Los hosteleros
necesitaran autorización para instalar sus terrazas pero no tendrán que pagar
nada
El Ayuntamiento de
Palos de la
Frontera ha enviado a la Diputación Provincial para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia la “ordenanza municipal de ocupación de la vía pública con terrazas y
otras instalaciones”.
Esta norma regula
un uso que hasta el momento carecía de una legislación local de referencia
siendo el único criterio de los establecimientos el de la necesidad propia. Por
eso el Ayuntamiento ha considerado oportuno ordenar el aprovechamiento de
terrenos de dominio púbico municipal, como aceras y plazas, por parte de los
establecimientos de hostelería o restauración mediante la instalación de
terrazas.
Según el Alcalde,
Carmelo Romero, la intención del Gobierno es por un lado salvaguardar siempre
el interés general de los vecinos y el decoro de la ciudad y por otro dar forma
a un asunto que estaba desordenado pero sin causar prejuicio al empresariado
local. Este interés ha hecho que redactemos y aprobemos una ordenanza sin
tasas, es decir, le diremos a los hosteleros qué pueden hacer y qué no pero no
les cobraremos nada por usar esos espacios públicos", explicaba el primer
edil.
Sabemos que el
resto de municipios se aprovechan de la legislación para "hacer caja con
este asunto", le ley los faculta, pero nosotros ni tenemos necesidad ni
tenemos ese animo. Para nosotros es fundamental apoyar y ayudar a los negocios
de Palos y desde luego nada más lejos de nuestra intención que "poner
piedras en el camino", sobre todo teniendo en cuenta los momentos
actuales, comentaba el Alcalde.
La ordenanza se
aprobó en el último pleno del pasado mes de abril. El texto recoge que las
autorizaciones se otorgarán atendiendo a criterios de compatibilidad entre el
uso público común y el especial; por plazo de un año y requerirán informe de
los servicios técnicos municipales.
Los restaurantes,
cafés, cafeterías, cervecerías, tascas, bares y, excepcionalmente, quioscos,
que estén interesados en montar sus terrazas tendrán que solicitarlo con una
antelación mínima de un mes y deberán presentar cierta documentación. En cuanto
a las terrazas que ya están instaladas la norma contempla la actuación de los
servicios municipales para promover la uniformidad con objeto de diseñar un
estándar de embellecimiento y ornato en el entorno urbano.
Los horarios
previstos son de lunes a jueves de nueve de la mañana a una y media de la
madrugada y; los viernes, sábados, y vísperas de festivos se amplia en media
hora más la hora de cierre. De todas formas en este punto la norma deja la
puerta abierta a un posible desarrollo posterior. Como periodos de ocupación se
establecen dos: temporada anual y temporada primavera-verano. En cuanto a
plazas y espacios singulares el documento es más restrictivo. Y cuando la
instalación pueda afectar a BIC los servicios técnicos fijarán medidas correctoras.
Los hosteleros
tendrán entre otras, la obligación de mantener las terrazas en las debidas
condiciones de limpieza, higiene, seguridad y ornato. Y se prohíbe la
instalación de cualquier máquina comercial en las terrazas y la exhibición de
publicidad en el mobiliario de las mismas. También queda regulado la tipología
de mesas, y su distribución, los toldos, los parasoles y las sombrillas.
Se gradúan las
infracciones en leves, graves y muy graves y se especifican las sanciones
pecuniarias correspondientes en cada caso.
Una vez que la
norma se publica será aplicable y además de un buen uso de los espacios
públicos por parte de todos las terrazas de Palos empezarán a ser mucho más
armónicas dando una estética más decorosa a la ciudad.