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01 abril, 2016

MESA DE LA RÍA EXIGE LA DECLARACIÓN URGENTE DE “SUELO CONTAMINADO” DE LOS TERRENOS DE FORET

Considera apropiada la negativa de la Junta de Andalucía a la “chapuza” de Descontaminación Voluntaria pretendida por FORET.

El colectivo ciudadano ya alegó en el citado expediente de la Junta de Andalucía en febrero de este mismo año, manifestándose a favor de la denegación del proyecto de descontaminación que sólo pretendía retirar y cubrir la superficie de la parcela con una capita de 50 centímetros de Tierra.

La declaración de suelo contaminado y la denegación del proyecto voluntario de FORET, al tratarse de un proyecto de mínimos, son reivindicaciones de Mesa de la Ría desde la anterior legislatura, cuando presentó una moción en octubre de 2012, la cual pese a ser aprobada resultó incumplida por el anterior edil, quien aceptó iniciar mediante Decreto de Alcaldía la tramitación de un proyecto de descontaminación voluntaria, claramente de mínimos, al margen de lo acordado en el Pleno Municipal.

El tiempo transcurrido desde la publicación de tal Decreto es la argumentación que utiliza FORET para reclamar judicialmente una cantidad superior a 400.000 euros por las demoras en la actuación del Consistorio, un procedimiento judicial en el que está personada la Mesa de la Ría en defensa de los intereses generales.

Mesa de la Ría ya denunció ante el nuevo alcalde, Gabriel Cruz, el 23 de julio de 2015, para que declarase como suelo contaminado la parcela en la que se ubicaban las instalaciones de FMC FORET S.A. en la Avenida Francisco Montenegro de Huelva, lo que, siendo competencia exclusiva del Ayuntamiento, el actual edil tampoco ha realizado hasta el momento. Por todo ello, se impone con urgencia la declaración de suelo contaminado por parte de este Ayuntamiento, pues lleva más de seis años sin resolver este asunto.

Las alegaciones presentadas por Mesa de la Ría han puesto de manifiesto las continuas argucias planteadas por la empresa para que la descontaminación a llevar a cabo en estos suelos no sea la que exige la legislación, mediante la inclusión de informes de entidades no homologadas o sin acreditar en análisis de suelos y la utilización de valores de fondo natural obtenidos en parcelas colindantes ya impactadas por contaminación industrial.

DOCUMENTACIÓN ADJUNTA: