MESA DE LA RIA HA DENUNCIADO EN BRUSELAS LAS AUTORIZACIONES
DE LOS CHIRINGUITOS DE MAZAGÓN Y PUNTA UMBRÍA
LA JUNTA DE ANDALUCÍA VULNERA DIRECTIVAS COMUNITARIAS
En el caso de las obras del chiringuito de Mazagón (Moguer),
la autorización de la Junta de Andalucía, se dio sin contemplar que las mismas
se realizan dentro la zona de especial conservación de sus hábitats de la Red
Natura-2000, del Lugar de Interés Comunitario y denominado “Doñana Norte y
Oeste” (LIC-ES6150009), dentro de la Reserva de la Biosfera de Doñana y además
en el “espacio natural de Doñana” declarado por la propia Administración
Regional Andaluza, sin haber evaluado los efectos del proyecto.
En la denuncia, Mesa de la Ría señala ante la Comisión
Europea, que con estas autorizaciones la Junta no realiza una debida protección
visual de los acantilados o médanos de la costa de Doñana, una formación
geológica aun virgen y sin urbanizar a lo largo de kilómetros de playa.
Los médanos de la costa de Doñana son un patrimonio
geológico, paisajístico y ambiental que la Junta de Andalucía debería defender,
cómo parte de las políticas europeas en materia de Patrimonio Cultural, Medio
Ambiente y Ordenación del Territorio, por lo que con esta autorización de
construcción fija se vulnera el Convenio Europeo del Paisaje ratificado por el
gobierno de España, que entró en vigor el 1 de marzo de 2008 y además del
propio Plan de Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana aprobado por la
Junta de Andalucía.
En el caso de la autorización de las obras fijas de hormigón
del chiringuito de Punta Umbría en la pequeña playa de la Canaleta que se
construye a escasos metros de la zona de especial conservación del LIC Marismas
del Odiel (LIC ES0000025) de la reserva del mismo nombre y dentro de las zonas
de servidumbre y protección de Costas, tampoco se han sometido por la Junta a
una adecuada y especifica evaluación de sus efectos sobre el medio ambiente y
en concreto sobre el lugar protegido LIC Marismas del Odiel, con todas las
garantías de la Directiva 92/43/CE, de 21 de mayo de 1992, relativa a
conservación de los hábitats naturales y de la fauna.
El apartado 3 del artículo 6 de la citada Directiva, señala
que el alcance geográfico de evaluación de los proyectos no se limita a los que
se realizan dentro de un espacio protegido, sino también a los que, pese a
estar situados fuera, pueden tener un impacto apreciable sobre él.
Para Mesa de la Ría, que siempre se ha mantenido al margen de
cualquier controversia mediática frente los empresarios que obtuvieron tales
autorizaciones, la situación debe corregirse, así como depurarse
responsabilidades entre quienes han concedido tales autorizaciones.
La transferencia de la gestión de Costas a la Junta de
Andalucía, en el apartado de chiringuitos, está resultando un absoluto
caos, pues es evidente la falta de sensibilidad, de costumbre y la dejación de
la Junta en proteger los espacios de la red natura-2000 incumpliendo la
Directiva de Habitats, así como olvidando un criterio participado con los ciudadanos
de este tipo de proyectos, más aun, en una ciudad cómo Punta Umbría, que acaba
de ser incluida en su totalidad en la Reserva de la Biosfera Marismas del
Odiel.