La medida entra en vigor en abril y protege a aquellos consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable, que está regulada en un Real Decreto de 2017.
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A partir de abril, los suministradores de electricidad, gas natural y agua no podrán cortar el servicio por impago a aquellos consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.
Se trata de una de las decisiones adoptadas por el Gobierno, incluida en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, que se publicó en la noche del martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esta medida es una de las reivindicaciones que FACUA trasladó al Ministerio de Consumo en una reunión por videoconferencia mantenida el pasado viernes.
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