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04 mayo, 2020

SOBRE LA DESESCALADA EN MAZAGÓN

QUE TODO EL MUNDO TENGA CONOCIMIENTO DE CUAL ES LA VERDADERA GESTIÓN QUE DE MAZAGÓN REALIZAN LOS AYUNTAMIENTOS DE LOS CUALES DEPENDE ADMINISTRATIVAMENTE.
Vista aérea de la playa urbana de Mazagón

A pesar de lo dictado por Ayuntamiento de Moguer y Ayuntamiento de Palos de la Frontera, con la complicidad de AVEMA, respecto a la no aplicación del artículo 5, apartado 2, de la orden ministerial SND/380/2020, recogida en el BOE número 121 de 1 de mayo de 2020, tras comunicarme ayer domingo por la mañana con la Policía Local de Moguer y seguir defendiendo, con argumentos falaces, la postura de ambos ayuntamientos y dicho grupo municipal, esta mañana me he puesto en contacto con Subdelegación del Gobierno en Huelva, la cual me confirma de manera clara e inequívoca que el criterio seguido por dicha Subdelegación en el caso de localidades como El Portil, gestionada por ayuntamiento de Cartaya y Ayuntamiento de Punta Umbría, es decir, LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 5, APARTADO 2, DE LA ORDEN MINISTERIAL SND/380/2020, RECOGIDA EN EL BOE NÚMERO 121 DE 1 DE MAYO DE 2020, ES EL CRITERIO APLICABLE A MAZAGÓN, lo cual ha sido corroborado por el puesto de la Guardia Civil de Mazagón. Asimismo me confirman que dicho criterio de actuación fue comunicado a todos los ayuntamientos de la provincia el propio día de la publicación del citado BOE, por lo que resulta aún más incomprensible, surrealista, despótica y kafkiana la manera de proceder de Ayuntamiento de Moguer y Ayuntamiento de Palos de la Frontera, con la complicidad de AVEMA. QUE TODO EL MUNDO TENGA CONOCIMIENTO DE CUAL ES LA VERDADERA GESTIÓN QUE DE MAZAGÓN REALIZAN LOS AYUNTAMIENTOS DE LOS CUALES DEPENDE ADMINISTRATIVAMENTE. Adjunto captura de pantalla de la citada norma, y su enlace al BOE donde está publicada.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-4767
                                                                                                              Samuel Macías Pérez