Las medidas propuestas entrarán en vigor a las 00.00 horas del 22 de julio
La Junta de Andalucía, a
propuesta del Comité Regional de Alto Impacto en Salud Pública (comité de
expertos), ha decidido:
Limitación de movilidad en
horario nocturno entre las 02.00 y las 07.00 horas en aquellos municipios con
más de 5.000 habitantes que presenten una incidencia acumulada a 14 días de más
de 1.000 casos por 100.000 habitantes.
Se modifican los aforos en
hostelería y locales de ocio nocturno en función del nivel de alerta decretado
en cada distrito sanitario o municipio. En los establecimientos de hostelería,
el interior tendrá un máximo permitido de 4 personas por mesa, aumentando
progresivamente el número de los mismos hasta un máximo de 10 personas
dependiendo del nivel de alerta, estando permitido el servicio y el consumo en
barra en exterior sólo en los niveles 1, 2 y 3.
En las celebraciones se
reduce al 75% del aforo máximo en nivel 1, con un máximo de 200 personas y 4
comensales por mesa. En el nivel 2, el aforo máximo permitido será del 75% con
un máximo de 150 personas. El servicio en barra tampoco estará permitido en el
interior, mientras que en el exterior sólo estará permitido el servicio en los
niveles 1, 2 y 3, siendo el consumo en mesa
Las medidas propuestas entrarán en vigor a las 00.00 horas del 22 de julio.